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viernes, 2 de marzo de 2012

Tratamientos experimentales con células madre deben ser gratuitos

La más reciente Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos prohíbe y sanciona cualquier tipo de compensación monetaria.

 Acabar con la especulación y sancionar el ejercicio irresponsable de la medicina cuando involucre el uso de células madre con fines terapéuticos, de investigación o de docencia, son algunos de los atributos de la nueva Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.808 del 25 de noviembre de 2011.

En dicho instrumento legal se impide expresamente el pago o cobro de dinero por participar como paciente en ensayos clínicos o tratamientos experimentales con células madre, llamadas así a las células que dan origen a los diferentes tipos de células presentes en los tejidos y órganos del organismo durante toda la vida.

De acuerdo con el artículo 10 de la ley, queda “prohibida cualquier transacción comercial, compensación monetaria o retribución material, directa o indirecta por los órganos, tejidos y células”. Por su parte, el artículo 22 establece que “la promoción, obtención, procesamiento, manipulación, preservación, almacenamiento, transporte, distribución y uso de células madre en seres humanos, con fines de investigación, hasta tanto no sea aprobado para uso terapéutico, estará permitida” siempre y cuando no represente ningún costo para el paciente, este no reciba remuneración por formar parte de la investigación, el procedimiento sea aprobado por el Comité de Bioética del Ministerio del Poder Popular para la Salud y exista la consentimiento firmado del donante o receptor, entre otros requisitos.

José Cardier, investigador del Centro de Medicina Experimental y jefe de la Unidad de Terapia Celular del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), aseguró que a diferencia de la legislación anterior, esta normativa “nos permite regular y castigar a todos aquellos médicos que de la manera más impune, están aplicando tratamientos inescrupulosos y están haciendo negocio con la salud de las personas. Con la nueva ley, situaciones fraudulentas y engañosas podrán ser condenadas” dijo.

Asimismo, explicó que en su gran mayoría, “los supuestos tratamientos que aparecen en la prensa nacional no han cumplido los requisitos de aprobación por parte de los Comités de Bioética institucionales y no cuentan con el aval de los pacientes”.

Según la Sociedad Venezolana de Hematología, hasta los momentos no se ha demostrado científicamente la utilidad de las células madre para el tratamiento de la diabetes, parkinson, alzeimer, lupus o accidentes cerebrovasculares (ACV). Solo algunas lesiones de hueso, piel y córnea pueden tratarse de forma segura con células madre, siendo el trasplante de células madre hematopoyéticas de médula ósea, el único método probado exitosamente para regenerar la médula ósea de pacientes que reciben quimioterapia debido a enfermedades sanguíneas como la aplasia medular, leucemia, linfoma, anemia congénita, mieloma, entre otras.

Las células madre hematopoyéticas tienen la capacidad de producir las tres series de células de la sangre: la roja, de donde provienen los glóbulos rojos; la blanca, responsable de la producción de glóbulos blancos; y la plaquetaria, de donde proceden las plaquetas. Estas células madre también se encuentran ubicadas en la sangre del cordón umbilical y son ideales “para los pacientes que necesitan trasplante y no tienen un hermano compatible, lo cual ocurre lamentablemente en el 75% de los casos” informó Christiane Saltiel, médico-hematóloga del Banco Municipal de Sangre.

En la actualidad, existen en el mundo más de 40 bancos de sangre de cordón umbilical de acceso público donde se procesan, congelan y almacenan células madre extraídas al momento del nacimiento y disponibles para cualquier paciente que lo requiera. En esos casos, la donación es “voluntaria, altruista y anónima. En cambio, en los bancos de sangre de cordón umbilical privados se donan células madre de forma preventiva, absolutamente especulativa, para uso autólogo (exclusivo del propio donante), quien está completamente sano y cuyas posibilidades de que se usen son casi nulas, ya que la mejor opción de curación no son sus propias células” aclaró la experta.

Si alguien requiere sangre de cordón umbilical para trasplantes debe recurrir a bancos públicos ubicados en otros países y su costo supera los 25.000 bolívares, informó José Cardier, investigador del IVIC. La ley, en su artículo 23, faculta al Ministerio del Poder Popular para la Salud a crear bancos públicos de sangre de cordón umbilical “para ofrecer fuentes de células madre dirigidas al tratamiento comprobado y aceptado científicamente de pacientes con patologías susceptibles de ser tratadas o curadas con trasplante de este tipo de células y para el desarrollo de la investigación básica o aplicada”.

De igual forma, el artículo 24 de la ley obliga a los bancos de sangre de cordón umbilical a incluir en el Registro Nacional Centralizado de Células Progenitoras Hematopoyéticas (en fase de desarrollo), todas aquellas unidades de células madre criopreservadas para uso autólogo que carezcan de una prescripción médica establecida, a fin de que puedan ser usadas por quien más lo necesite. “Tenemos el derecho a dejarnos engañar, pero también a que nos digan la verdad. Si con esta información la gente decide seguir pagando para usos hipotéticos, que lo hagan, pero deben registrarse. Con este articulado sobre células madre estamos a la vanguardia mundial en legislación” dijo Christiane Saltiel, del Banco Municipal de Sangre.

La Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos sustituyó a la Ley sobre Trasplante de Órganos y Materiales Anatómicos en Seres Humanos, publicada en Gaceta Oficial Nº 4.497 Extraordinario, de fecha 3 de diciembre de 1992. En este instrumento legal estaban ausentes las células madre, así como los delitos, infracciones y sanciones relacionadas con la donación y trasplante, entre las cuales figuran la nulidad o suspensión de la autorización, la suspensión del ejercicio de la profesión y las multas que van desde 250 hasta 20.000 unidades tributarias.







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